07.05.13 - 20:44 - M. SÁIZ-PARDO | MADRID
«Cuando a uno le dan la razón es una satisfacción», dice su abogado
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma de
Mallorca ha revocado (por dos votos a favor y uno en contra) la decisión
del juez José Castro de citar como imputada la infanta Cristina como
cómplice o cooperadora necesaria de los delitos económicos cometidos por
su marido Iñaki Urdangarin. Los magistrados son tajantes: "No hay
indicios vehementes, ni sobre este punto se pronuncia el auto recurrido,
es de que la Infanta conociera, se concertase, ni participase activa u
omisivamente en el presunto plan criminal urdido por su marido y por su
socio Diego Torres, tendente a cometer un fraude a la administración con
ocasión de los contratos de colaboración a que se contrae la presente
causa, ni a través de ellos a apropiarse ilícitamente de fondos
públicos".
Los magistrados Diego Jesús Gómez-Reino Delgado (ponente
del fallo) Juan Jiménez y Mónica de la Serna -tras adelantar la
deliberación que estaba prevista para el 20 de mayo y sin celebrar una
vista pública ni privada, en la que escuchar los argumentos de las
partes- han "estimado parcialmente" el recurso del fiscal Pedro Horrach.
Anticorrupción recurrió la decisión de Castro de acusar formalmente a
la hija menor del Rey Juan Carlos al entender que en el sumario no hay
pruebas suficientes de que estuviera al tanto de los negocios de su
marido al frente y, aún menos, de que participara activamente en ellos,
ni siquiera en Aizoon, la empresa de la que es coopropietaria al 50% y
que sirvió para desviar a bolsillos privados cerca de un millón de euros
públicos.
En una resolución de 61 páginas, la Sala asevera que la
conducta de la Infanta como vocal del Instituto Nóos no merece "reproche
penal" al no vislumbrar su colaboración en una trama "tendente a
cometer un fraude a la Administración" en virtud de los distintos
convenios de colaboración suscritos entre la entidad y las Comunidades
valenciana y balear, "ni a través de ellos a apropiarse ilícitamente de
fondos públicos". Y es que, a juicio del tribunal, el hecho de que tanto
la hija del Rey como el secretario personal de las Infantas, Carlos
García Revenga, figuraran en un folleto ilustrativo de Nóos como
miembros de su junta directiva "carece de trascendencia penal" para
deducir por ello que incurrió en un delito de tráfico de influencias.
"Las anteriores circunstancias constituyen efectivamente,
en cierto modo, una influencia, pero no con el alcance típico" que se
requiere para la comisión de esta infracción penal, incide la Sala al
respecto, considerando que la presencia de ambos en un folleto
informativo se entiende como "una especie de carta de recomendación o de
presentación del Instituto Nóos ante posibles clientes y
administraciones públicas, pero en modo alguna nos hallaríamos en
presencia de una influencia típicamente antijurídica".
'Cómplice' de Iñaki
La infanta Cristina fue citada a declarar como imputada el
27 de abril por el juez Castro en un auto que dictó el pasado día 3,
pero el señalamiento fue cancelado dos días después, tras la decisión de
la Fiscalía Anticorrupción de pedir que fuera revocada la imputación.
El magistrado citó a la infanta como imputada al apreciar
indicios de que pudo consentir que su parentesco con el Rey fuera usado
por Urdangarin y su antiguo socio, Diego Torres, en las actividades de
Nóos, lo que podría constituir "un supuesto de cooperación necesaria" o
"complicidad" en los delitos por los que se les procesa a ambos.
Dos días después, el fiscal Anticorrupción Pedro Horrach
presentó un recurso en el que solicitaba la revocación de la imputación,
así como la suspensión de la citación para declarar que se había fijado
el 27 de abril. La petición de Horrach fue atendida de inmediato por
Castro que dejó en suspenso la imputación, pasando la ‘patata caliente’
sobre el futuro procesal de la infanta a sus superiores de la Audiencia
Provincial, que ahora ya han decidido.
Horrach se opuso a interrogar a Cristina de Borbón porque
consideraba que los indicios de cooperación o complicidad que apunta el
juez son meras "sospechas personales" o circunstancias "inocuas",
"inconsistentes", "equívocas" o "especulativas" y asegura en el recurso
que "el procedimiento judicial persigue la búsqueda de la verdad
material, no de ajustarla a expectativas o sospechas personales,
deformándola".
La Sección Segunda de la Audiencia de Palma ya decidió
sobre el recurso de apelación que planteó el sindicato Manos Limpias
contra el auto del juez del 5 de marzo de 2012, en el que rechazó
imputar a la infanta Cristina. En esa ocasión, el auto en el que la
Audiencia Provincial rechazó que se citara a la duquesa de Palma fue
dictado el 12 de julio de 2012, cuatro meses después de que el juez
desestimara imputarla.
No obstante, la decisión de la Audiencia Provincial no es
definitiva. Los magistrados instan al juez a pedir a la Agencia
Tributaria más datos sobre la infanta para concretar posibles indicios
contra la duquesa por delito fiscal. Si estas pruebas se concretaran, la
sala -apunta- sí sería favorable a la citación. También invita a Castro
a pedir a Diego Torres más correos electrónicos y no solo los que
incriman a la hija de los monarcas.
El tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia
Provincial de Baleares, que este martes ha dejado sin efecto la
imputación de la Infanta Cristina en el caso Nóos -si bien deja las
puertas abiertas a un posible encausamiento por fraude fiscal-, alega en
su auto que no hay "indicios vehementes" de que la mujer de Iñaki
Urdangarin "conociera, se concertase ni participase activa u
omisivamente en el presunto plan criminal urdido por su marido y por su
socio Diego Torres".
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